4. Cite las comisiones que pueden cobrar las OPC para los diferentes fondos que administran, señale las características y condiciones.
Tipos de Comisiones:
Comisiones de administración: Es el dinero que la Operadora de Pensión Complementaria le cobra al afiliado por administrar su cuenta individual, la cual puede ser sobre rendimientos o sobre los aportes de su cuenta individual.
Comisión sobre aportes: Comisión que se calcula como un porcentaje del aporte realizado por el afiliado a su cuenta individual.
Comisión sobre rendimiento: Comisión que se calcula como un porcentaje sobre los rendimientos mensuales acumulados en la cuenta individual del afiliado.
Características y condiciones:
• Por la administración de cada fondo se cobrará una comisión, cuyo porcentaje será el mismo para todos sus afiliados. No obstante, lo anterior, podrán cobrarse comisiones uniformes más bajas, para estimular la permanencia de los afiliados en la operadora e incentivar el ahorro voluntario.
• La base de cálculo de las comisiones será establecida por la Superintendencia y deberá ser uniforme para todas las operadoras.
• La estructura de comisiones de cada operadora u organización social deberá ser aprobada por la Superintendencia, para el efecto de velar por el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley.
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